Portal de la Dependencia
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se sustenta en el respeto al marco competencial establecido constitucional y estatutariamente y en la colaboración, cooperación y participación de las distintas Administraciones Públicas intervinientes.
El Estado, en virtud del artículo 149.1 de la Constitución, tiene competencias en la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y, en este sentido, la Ley de Dependencia regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación del SAAD.
La colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y, en particular, la de las Comunidades Autónomas, resulta decisiva en atención a la asunción por las mismas, de conformidad con el artículo 148.1.20 de la Constitución y de los respectivos Estatutos de Autonomía, de las competencias en materia de asistencia social.
La Ley establece un nivel mínimo de protección, definido y garantizado financieramente por la Administración General del Estado. Asimismo, como un segundo nivel de protección, la Ley contempla un régimen de cooperación y financiación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas mediante convenios para el desarrollo y aplicación de las demás prestaciones y servicios que se contemplan en la Ley; finalmente las Comunidades Autónomas podrán desarrollar un tercer nivel adicional de protección a los ciudadanos.
Por último las Entidades Locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.
La Ley establece una serie de mecanismos de cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, entre las que sobresale la creación del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. En su seno las Administraciones Públicas deberán acordar, entre otras funciones, el marco de cooperación interadministrativa, la intensidad de los servicios del catálogo, las condiciones y cuantía de las prestaciones económicas, los criterios de participación de los beneficiarios en el coste de los servicios o el baremo para el reconocimiento de la situación de dependencia, aspectos que deben permitir el despliegue y desarrollo del SAAD en todo el Estado español a través de los correspondientes convenios con las Comunidades Autónomas.
El Comité Consultivo del SAAD es un órgano asesor mediante el cual se hace efectiva, de manera permanente, la participación social en el Sistema y se ejerce la participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales en el mismo. Informar, asesorar y formular propuestas sobre materias que resulten de especial interés para el funcionamiento del Sistema se encuentran entre sus funciones.
Con similares funciones y con la finalidad de garantizar la participación de las entidades representativas de las personas en situación de dependencia y sus familias, son igualmente órganos consultivos de participación institucional del SAAD los siguientes:
Lista Órganos:
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